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		<title>Magazine - privacidad</title>
		<link>http://www.tecnologiapyme.com</link>
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Tecnología para pymes, productividad, servicios web, consejos y recursos y legislación para las empresas		</description>
		<pubDate>2012-02-12 15:46:02</pubDate>

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      <title><![CDATA[Empresarios, clientes y el reconocimiento facial]]></title>
      <link>http://www.tecnologiapyme.com/tendencias/empresarios-clientes-y-el-reconocimiento-facial</link>
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      <pubDate>Mon, 02 Jan 2012 18:57:46 +0000</pubDate>

      <author>Juan Rodriguez</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image7980" src="http://img.tecnologiapyme.com/2012/01/empresarios-piensan-en-reconocimiento-facial.jpg" class="centro" alt="Empresarios, clientes y el reconocimiento facial" /></p>

	<p>Muchos empresarios tienen su mirada puesta en un futuro no muy lejano, y nuestra cara les ayudará a crear anuncios y promociones adaptadas a una audiencia muy especifica&#8230; tu. Un profesor de la Universidad Estatal de Iowa prevé que gracias a la tecnología de reconocimiento facial se pueden crear <strong>nuevos &#8220;avatares de marketing&#8221;</strong>, que él llama &#8220;mavatars&#8221; que pueden ser utilizados para la comercialización de productos y para el soporte técnico de las aplicaciones del cliente.</p>

	<p>Los minoristas no están muy lejos de hacer de esto una realidad, <a href="http://www.bus.iastate.edu/mennecke/">Brian Mennecke</a>, profesor asociado de <span class="caps">ISU</span> (sistemas de gestión de la información) dijo en un trabajo de investigación inédito:</p>

	<p><!--more--></p>

<blockquote>No es un producto comercial, vamos a necesitar de Facebook o Google o una de estas empresas para ser capaces de suministrar lo que yo llamo la base de datos mavatar</blockquote>

	<p>dijo Mennecke, que ha revisado las tecnologías que son relevantes para la recogida de datos, mostrando el contenido e interactuando con los usuarios.</p>

<blockquote>Google ya ha construido la aplicación, el reconocimiento facial</blockquote>

	<p>Facebook ha introducido recientemente una nueva función denominada &#8220;Sugerencias de etiquetas&#8221;, dijo Mennecke, que escanea las imágenes subidas por los usuarios. Debido a que los usuarios de Facebook tienen ya perfiles existentes que incluyen fotos de sí mismos en distintos contextos, Mennecke dice que el software de escaneo de imagen se puede utilizar para construir un perfil robusto que incluya <strong>datos demográficos y otros atributos</strong> de los usuarios incluyendo cómo participar en el trabajo social, o actividades de ocio.</p>

	<p>Las demandas de este tipo de aplicación serán cada vez más populares, con un creciente número de personas que toman fotos a través de sus teléfonos, cree Mennecke. Y a medida que los usuarios optan para aplicaciones como las &#8220;Sugerencias de etiquetas&#8221; de Facebook, los usuarios <strong>pueden ayudar a construir</strong> una importante base de datos de reconocimiento facial que más tarde podrían ser vendidos a los comerciantes de negocios.</p>

	<p>Este tipo de información podría permitir a los vendedores mostrar los anuncios mas objetivos con mayor precisión y ademas saber con precisión lo que la gente está buscando.</p>

<blockquote>Las empresas de marketing hoy en día están muy interesadas ​​en el compromiso con el cliente. Están tratando de encontrar mejores maneras de atraer la atención y conseguir que el potencial cliente se quede en torno a sus tiendas. Lo hacen mejor si se puede determinar quién eres, qué te gusta y lo que probablemente buscas</blockquote>

	<p>Pero hay una desventaja al tener toda esta información por ahí, una pérdida de privacidad.</p>

<blockquote>Si usted sabe lo que está pasando detrás de las escenas de los perfiles del cliente, es lo realmente aterrador y creo que la gente va a estar en pie de guerra una vez que sepan que esta tecnología está ahí fuera.</blockquote>

	<p>Vía | <a href="http://www.news.iastate.edu/news/2011/dec/mavatars">news.iastate.edu</a><br />
En Tecnología Pyme | <a href="http://www.tecnologiapyme.com/hardware/nueva-guia-sobre-las-tecnologias-biometricas-aplicadas-a-la-seguridad-del-inteco">Nueva guía sobre las tecnologías biométricas aplicadas a la seguridad del INTECO</a><br />
Imagen | <a href="http://www.everystockphoto.com/photo.php?imageId=6005886&searchId=85afdafa8a9bfeef3bfe92ade5ebba9f&npos=20">familymwr</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[La AEPD reclama a empresas mayor seguridad de los datos de sus usuarios en Internet]]></title>
      <link>http://www.tecnologiapyme.com/legislacion/la-aepd-reclama-a-empresas-mayor-seguridad-de-los-datos-de-sus-usuarios-en-internet</link>
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      <pubDate>Wed, 18 May 2011 11:24:23 +0000</pubDate>

      <author>LosLunesAlSol</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image6457" src="http://img.tecnologiapyme.com/2011/05/cajafuerte.jpg" class="centro" alt="La AEPD reclama a empresas mayor seguridad de los datos de sus usuarios en Internet" /><br />
Con motivo del día de mundial de Internet en el día de ayer la Agencia Española de Protección de Datos sacó una nota informativa en la que <strong>la <span class="caps">AEPD</span> reclama a empresas mayor seguridad de los datos de sus usuarios en Internet</strong>. Además recuerda que la Ley impone obligaciones en materia de seguridad y confidencialidad de la información, que las empresas deben respetar en los servicios prestados a través de Internet al igual que en el ámbito tradicional.</p>

	<p>La <span class="caps">AEPD</span> recuerda que actualmente está en revisión la Directiva de Protección de Datos del 95, por Comisión Europea para adaptar sus disposiciones al mundo de las nuevas tecnologías. El objetivo es reforzar el control de los ciudadanos sobre los propios datos, e introducir nuevos principios, como la noción de <strong>privacidad desde el diseño</strong>. Este principio exige la realización de un análisis de las implicaciones que un servicio de Internet, antes de ofrecerlo a los usuarios, tiene para la privacidad y la adopción de las medidas necesarias para garantizar la seguridad de los datos personales.</p>

	<p><!--more-->La revisión de la directiva contempla la extensión a otros sectores, como el financiero, de la obligación de las empresas de telecomunicaciones de <strong>notificar las brechas de seguridad a la autoridad nacional</strong> competente, así como a particulares y usuarios si la violación de datos personales pueda afectar negativamente a su intimidad o a sus datos personales.</p>

	<p>Todos estas obligaciones serán fundamentales para el <strong>desarrollo futuro de los servicios de Internet</strong> que se creen. La computación en la nube, que está siendo adoptada por muchas empresas para distintos servicios se verá beneficiada si las empresas y usuarios tienen la seguridad que sus datos están siendo tratados con las debidas medidas de seguridad. </p>

	<p>Esta seguridad jurídica sin duda animará a muchas empresas, y sobre todo, <strong>resolverá muchas de las dudas</strong> que tienen a cerca del tratamiento de sus datos personales. De esta manera seguro que muchas empresas que temen perder el control directo de sus datos se plantearían utilizar este tipo de servicios.</p>

	<p>Más Información |<a href="https://www.agpd.es/portalwebAGPD/index-ides-idphp.php"> AEPD</a> (<a href="https://www.agpd.es/portalwebAGPD/revista_prensa/revista_prensa/2011/notas_prensa/common/mayo/100517NP_DIA_INTERNET.pdf">PDF</a>)<br />
En Tecnología Pyme | <a href="http://www.tecnologiapyme.com/servicios-web/simbiosis-entre-saas-y-empresa-funciona-y-la-que-prueba-repite">Simbiosis entre SaaS y empresa funciona y la que prueba repite</a><br />
Imagen | <a href="http://www.flickr.com/photos/8399025@N07/2647981973/">Marcin Wichary</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Derecho al olvido, reputación online y comercio electrónico]]></title>
      <link>http://www.tecnologiapyme.com/legislacion/derecho-al-olvido-reputacion-online-y-comercio-electronico</link>
      <guid>http://www.tecnologiapyme.com/legislacion/derecho-al-olvido-reputacion-online-y-comercio-electronico</guid>
      <pubDate>Sun, 20 Feb 2011 05:16:47 +0000</pubDate>

      <author>LosLunesAlSol</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image5981" src="http://img.tecnologiapyme.com/2011/02/olvido.jpg" class="centro" alt="Derecho al olvido, reputación online y comercio electrónico" /><br />
Parece que la Comisión europea está preparando una iniciativa legislativa para poder regular distintos aspectos que tienen que ver con la privacidad y los datos que tenemos en la red de manera que cada vez el escenario en el que nos movemos tanto consumidores como empresas quede más claro. Algunas cuestiones que nos afectan en este sentido tienen que ver con el <strong>derecho al olvido, la reputación online y el comercio electrónico</strong>.</p>

	<p>En lo que respecta al derecho al olvido existe una <strong>larga disputa entre Google y la AEDP</strong> sobre quién tiene que eliminar los datos indexados en el buscador, si el propio buscador o  el responsable de la página que Google enlaza. Todo a raíz de la demanda de una ciudadana que interpuso contra el buscador ante la Agencia para retirar el resultado de una búsqueda que remitía al <span class="caps">BOE</span>. </p>

	<p><!--more--> En lo que respecta a las empresas también es muy interesante que se regulen todo este tipo de situaciones, puesto que si nos vemos en cualquier situación en la que la <span class="caps">AEAT</span>, por ejemplo, nos tenga que notificar a través del <span class="caps">BOE</span>, y luego <strong>cualquier cliente realiza un búsqueda</strong> no conviene que aparezca dicha información o que esta sea pública. Esto afecta a la reputación online de nuestra empresa. </p>

	<p>Está claro que siempre podemos <strong>intentar crear contenidos que posicionen mejor que el propio boletín</strong>, pero no tendríamos que gastar ni dinero, ni esfuerzos en este aspecto si estuviera convenientemente regulado y hubiéramos ejercido nuestro derecho a oposición como consumidores. </p>

	<p>Porque ya nos basta con intentar <strong>posicionar nuestra web de forma adecuada</strong>, crear contenidos interesantes para la comunidad para luego ver todo arruinado por una multa de tráfico que pusieron a un vehículo de nuestra empresa, un embargo, un impago, etc. Es conveniente que podamos retirar estos resultados de los buscadores si así lo deseamos.</p>

	<p>Por otro lado otro aspecto que se quiere legislar y sobre todo clarificar es la información que las páginas de comercio online utilizan para mostrar publicidad que interese al usuario que está en estos momentos en la página. Se busca que se informe al consumidor de que se está <strong>accediendo al historial de navegación para mostrar publicidad</strong> que pueda ser de su interés.</p>

	<p>Un último aspecto que no es bastante interesante, sobre todo para el modelo de trabajo en SaaS es la interoperabilidad. Se trabaja para que si un usuario quiere <strong>trasladar sus datos de un servicio a otro se facilite dicha transacción</strong> sin que los responsables de dicho servicio puedan bloquearlos. </p>

	<p>Todas estas cuestiones hacen que tanto <strong>empresas como usuarios tengan más claras las reglas del juego</strong>. Aspectos como la reputación online y el derecho al olvido son cada vez más importantes, puesto que poco a poco tanto empresas como ciudadanos nos dirigimos más a la red cuando queremos información sobre ellas. A la vez tenemos la necesidad de ir clarificando distintos aspectos que surgen con el comercio online, el almacenamiento de datos en la nube y la privacidad e interoperabilidad de los mismos. </p>

	<p>Vía | <a href="http://news.omexpo.com/2011/02/regulacion-del-derecho-al-olvido-en-internet-4495/">OMExpo</a><br />
En Tecnología Pyme | <a href="http://www.tecnologiapyme.com/ebusiness/cuidar-nuestra-reputacion-online-como-tratar-los-malos-comentarios">Cuidar nuestra reputación online, ¿cómo tratar los malos comentarios?</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Filtros de privacidad para portátiles]]></title>
      <link>http://www.tecnologiapyme.com/hardware/filtros-de-privacidad-para-portatiles</link>
      <guid>http://www.tecnologiapyme.com/hardware/filtros-de-privacidad-para-portatiles</guid>
      <pubDate>Fri, 04 Feb 2011 15:56:31 +0000</pubDate>

      <author>LosLunesAlSol</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image5925" src="http://img.tecnologiapyme.com/2011/02/filtro_privacidad.jpg" class="centro_sinmarco" alt="Filtros de privacidad para portátiles" /><br />
Reconozcámoslo. Somos cotillas. Nos gusta echar una miradita indiscreta al escritorio del otro cuando pasamos por su lado. Esta práctica que no tiene nada de malo a la hora de trabajar en nuestra propia sede se puede convertir en un punto de indiscreción cuando estamos trabajando en las instalaciones de un cliente  y alguien trata de ver lo que estamos haciendo. Para trabajar de la forma más discreta posible tenemos los <strong>filtros de privacidad para portátiles</strong>. </p>

	<p>Y es que es en este tipo de dispositivos donde tienen más sentido, pues es nuestro portátil la herramienta con la cual nos movemos de cliente en cliente y muchas veces <strong>tenemos que ser más que discretos</strong> a la hora de abrir un correo de nuestra empresa referida a la oferta que planteamos o que directamente tiene que ver con una petición que nos hace otro cliente que es competencia del que estamos trabajando. </p>

	<p><!--more-->Estos filtros se colocan en la pantalla y <strong>evitan que si no estamos justo delante de la pantalla veamos el contenido</strong> de lo que se está mostrando. Lo que elimina son las miradas de perfil, oscureciendo la pantalla del ordenador progresivamente según nos vamos desplazando del ángulo de visión directa. Por lo tanto si alguien quiere ver lo que estamos haciendo se tendría que situar justo detrás nuestro.</p>

	<p>El sistema tiene dos cosas que son mejorables. En primer lugar el filtro se sujeta con unas guías que van pegadas a la pantalla, lo que es un sistema francamente mejorable. En segundo lugar el<strong> filtro oscurecerá levemente la pantalla</strong>. Esta característica puede se molesta para el tratamiento de imágenes, por ejemplo, aunque no tanto para el texto. De todas formas es conveniente tenerlo en cuenta.</p>

	<p>Los filtros están <strong>disponibles en distintas medidas</strong>, de manera que podemos adaptarlos a las distintas medidas de los equipos portátiles. Así que si en algún momento os habéis sentido incómodos trabajando en las dependencias de un cliente seguro que esta solución os puede dar un poco más de tranquilidad. </p>

	<p>Más Información | <a href="http://products3.3m.com/catalog/mx/es003/office/-/node_46J5SVHWKBbe/root_LWWC5GZSGWgv/vroot_G1BFGRZD7Pge/gvel_68FHZ0NRJSgl/theme_mx_es_office_3_0/command_AbcPageHandler/output_html">3M</a><br />
En Tecnología Pyme | <a href="http://www.tecnologiapyme.com/hardware/tipos-de-dock-para-portatiles">Tipos de dock para portátiles</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Mucho cuidado con tu libreta de direcciones]]></title>
      <link>http://www.tecnologiapyme.com/legislacion/mucho-cuidado-con-tu-libreta-de-direcciones</link>
      <guid>http://www.tecnologiapyme.com/legislacion/mucho-cuidado-con-tu-libreta-de-direcciones</guid>
      <pubDate>Thu, 09 Oct 2008 06:30:00 +0000</pubDate>

      <author>José M. Cestero</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img src="http://img.tecnologiapyme.com/2008/10/figura_mail.jpg" class="centro" alt="figura mail" /></p>

	<p>Muchos de nosotros almacenamos en la libreta de direcciones de nuestro cliente de correo electrónico <strong>datos de contactos de nuestra empresa junto con otros particulares</strong>.</p>

	<p>Tampoco es infrecuente que recibamos (o enviemos) el típico mensaje a los amiguetes con alguna foto graciosa, una felicitación navideña o cualquier otra cosa por el estilo, y utilizando el siempre útil <em>Reenviar:</em> metemos a toda nuetra agenda en el campo <em>Para:</em>.</p>

	<p>Bien, pues <strong>cuidado con hacer esto</strong>. Si además de datos de contacto particulares tenemos datos de clientes y no están bien catalogados, podemos incumplir la <a href="http://www.tecnologiapyme.com/tag/guia+lopd">ley de protección de datos</a>, al revelar datos personales de nuestros clientes (en este caso la dirección de correo electrónico) a terceros o, simplemente, haciendo un uso incorrecto de los mismos.</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Un particular recibió <strong>una sanción de 600 euros</strong> por felicitar la Navidad a una persona que  había solictado su baja en una página web, propiedad del sancionado, en la que se había registrado previamente.</p>

	<p>Al responder al correo en el que le solicitaban la baja, la dirección del remitente <strong>quedó automáticamente archivada</strong> en la libreta de direcciones de este señor quien, al enviar la felicitación a todos sus contactos (pensando que estos eran únicamente particulares), incluyó toda su libreta de direcciones en el campo <em>Para:</em>, desvelando de esta forma los datos del denunciante al resto de destinatarios del mensaje.</p>

	<p>Como resultado, <strong>el afectado denunció el caso</strong> ante la Agencia Española de Protección de datos, que procedió a sancionar al infractor.</p>

	<p>¿Cómo evitar este problema?</p>

	<p><ul></p>

	<p><li>Si no puedes evitar enviar correos a todos tus contactos, <strong>utiliza el campo <em>CCo:</em></strong> (copia de carbón oculta). De esta forma envías el correo a una dirección que tengas clara e incluyes el resto de direcciones en este campo. Las direcciones de todos los destinatarios incluidos en él son invisibles para el resto de personas que reciban el mensaje.</li></p>

	<p><li><strong>Desactiva la opción de agregar automáticamente</strong> a tu libreta de direcciones los datos de los mensajes que respondas.</li></p>

	<p><li><strong>Agrupa las direcciones de tu agenda</strong>. Crea un grupo para tus direcciones personales y otro para tus contactos profesionales, lo cual no sólo es útil para evitar este problema, sino para conseguir una gestión eficiente de tus contactos en general.</li></p>

	<p></ul></p>

	<p>No es que la sanción haya sido muy importante, pero hay que tener en cuenta que este señor había atendido la petición de cancelar los datos del demandante, reconoció el error, se comprobó que no existía mala fe por su parte y eliminó los datos del denunciante de su libreta de direcciones en cuanto éste contactó con él. Imaginad qué puede ocurrir <strong>si hacemos lo mismo con los datos de algún cliente cabreado</strong> con nosotros.</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.samuelparra.com/2008/10/07/outlook-express-puede-jugar-mala-pasada/">Samuel Parra</a><br />
Foto | <a href="http://www.sxc.hu/photo/995134">cobrasoft</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[El DNI como dato de carácter personal]]></title>
      <link>http://www.tecnologiapyme.com/legislacion/el-dni-como-dato-de-caracter-personal</link>
      <guid>http://www.tecnologiapyme.com/legislacion/el-dni-como-dato-de-caracter-personal</guid>
      <pubDate>Thu, 04 Sep 2008 15:34:39 +0000</pubDate>

      <author>José M. Cestero</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img src="http://img.tecnologiapyme.com/2008/09/dni_foto.jpg" class="centro_sinmarco" alt="dni" /></p>

	<p>Cumplir con la <strong>Ley de Protección de Datos</strong> es uno (entre muchos) de los quebraderos de cabeza a los que tienen que enfrentarse las pymes. Dado que el desarrollo reglamentario de la ley es muy reciente (Real Decreto 1720/2007) y su aplicación práctica aún más, habitualmente nos encontramos con <strong>dudas y diferencias de interpretación</strong> al intentar cumplir con la ley en casos concretos. Pues bien, no somos los únicos.</p>

	<p>A través del blog de Samuel Parra me entero de que según un reciente informe jurídico de la Agencia Española de Protección de Datos (<span class="caps">AEPD</span>) <strong>los ficheros que contienen únicamente el <span class="caps">DNI</span> están sujetos a la ley de protección de datos</strong>. ¿Y esto por que es noticia, os preguntaréis? Pues por que la propia Agencia, en una resolución anterior, había dicho justo lo contrario, que no lo estaban. Según esta resolución, para que el fichero entrara en el ámbito de la ley, el <span class="caps">DNI</span> debía ir acompañado del nombre del titular. Vamos, que donde dije digo, digo Diego, y ustedes se las ventilen como puedan&#8230;</p>

	<p><!--more--></p>

	<p>Bien es cierto que <strong>las resoluciones e informes jurídicos de la <span class="caps">AEPD</span> no son vinculantes</strong>, <a href="http://www.samuelparra.com/2007/12/15/los-informes-juridicos-de-la-agencia-espanola-de-proteccion-de-datos-el-dni/"> como el propio Samuel nos aclara</a>, así que como es más que probable que cambios de orientación de este tipo se repitan en el futuro, conviene que prestemos atención a las novedades que se vayan produciendo para no encontrarnos con alguna sorpresa desagradable. Seguiremos informando&#8230;</p>

	<p>Por cierto&#8230; ¿alguien tiene un fichero SÓLO con DNI?</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.samuelparra.com/2008/09/04/numero-dni-si-es-un-dato-personal/"> Samuel Parra</a><br />
Más información | <a href="http://www.agpd.es/"> Agencia Española de Protección de Datos</a></p>      ]]></description>
      </item>
        	  <atom:link href="http://www.tecnologiapyme.com/tag/privacidad/rss2.xml" rel="self" type="application/rss+xml" />
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