
Por una parte tenemos que buena parte de la información que sobre la entidad responsable de un fichero con datos de carácter personal queda recogida en el Documento de Seguridad es de carácter dinámica, es decir, puede verse modificada en el tiempo. Esta información, normalmente en forma de listados, suele recogerse en diferentes Anexos al documento.
Por otro lado, el artículo 7 del Reglamento de desarrollo de la LOPD dice: “El documento de seguridad deberá mantenerse en todo momento actualizado (...)”.
Nos encontramos entonces con que la mayor complejidad en la gestión del Documento de Seguridad no está tanto en su redacción como en su mantenimiento. Veamos de qué se componen estos Anexos y qué cambios han de reflejar.

