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		<title>Magazine - direccion-electronica-unica</title>
		<link>http://www.tecnologiapyme.com</link>
		<description>
Tecnología para pymes, productividad, servicios web, consejos y recursos y legislación para las empresas		</description>
		<pubDate>2012-02-12 10:43:54</pubDate>

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      <title><![CDATA[Las novedades en las notificaciones electrónicas]]></title>
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      <pubDate>Wed, 23 Sep 2009 03:41:12 +0000</pubDate>

      <author>LosLunesAlSol</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img id="image3673" src="http://img.tecnologiapyme.com/2009/09/notificaciones_electronicas.jpg" class="centro" alt="Notificaciones electrónicas" /><br />
Parece que poco a poco se va progresando en este aspecto y se piensa en los ciudadanos y empresas a la hora de gestionar el servicio. Hoy hablaremos de <strong>las novedades en las notificaciones electrónicas</strong>, o lo que hasta ahora se llamaban Notificaciones Telemáticas Seguras, un nombre un tanto alambicado para mi gusto y creo que el actual, más breve y conciso aclara mejor el concepto para la gran mayoría de la gente.</p>

	<p>Para empezar con las novedades diremos que se ha cambiado el acceso a la página y ahora debemos acceder mediante la dirección <a href="http://notificaciones.060.es/PortalCiudadano/paginas/comunes/inicio.aspx">https://notificaciones.060.es</a> donde tenemos a nuestra disposición toda la información para crear una dirección electrónica única, <span class="caps">DEU</span>, e información sobre las notificaciones electrónicas. <br />
<!--more--><br />
Se ha creado la posibilidad de dar de alta más de una dirección de correo electrónico, así como indicar un número de teléfono móvil para que <strong>nos avisen vía <span class="caps">SMS</span> de la llegada de nuevas notificaciones</strong> en nuestro correo. Esta es una de las cuestiones más útiles puesto que no consultaremos estas cuentas cada día si no recibimos notificaciones a menudo. </p>

	<p>Sin embargo hay otras cosas que no cambian, puesto que <strong>para acceder se sigue requiriendo utilizar Internet Explorer versión 6 o superior o Mozilla v2</strong>. Seguimos sin facilitar el acceso con otros navegadores más modernos que agilicen las tareas. Si tenemos que realizar los trámites vía web queremos hacerlo con navegadores más seguros que Internet Explorer 6 y sobre todo más rápidos en la apertura de las páginas. </p>

	<p>Más Información | <a href="http://bartolomeborrego.wordpress.com/2009/09/08/novedades-en-materia-de-notificaciones-electronicas/">Bartolomé Borrego</a><br />
En Tecnología Pyme | <a href="http://www.tecnologiapyme.com/administracion-electronica/direccion-electronica-unica-para-nuestra-empresa">Dirección Electrónica Unica para nuestra empresa</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Cómo solicitar la devolución mensual del IVA]]></title>
      <link>http://www.tecnologiapyme.com/administracion-electronica/solicitud-devolucion-mensual-de-iva</link>
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      <pubDate>Tue, 06 Jan 2009 08:00:00 +0000</pubDate>

      <author>José M. Cestero</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img src="http://img.tecnologiapyme.com/2009/01/logo_aeat.jpg" class="derecha_sinmarco" alt="Logo AEAT" /><br />
A partir del 1 de enero de este año, todas las empresas que quieran solicitar la <strong>devolución mensual del IVA</strong> deberán llevar a cabo una serie de trámites en los que destaca sobre todo una cosa: todos son telemáticos, ya no disponemos de la opción de presentar en papel la documentación requerida.</p>

	<p>Cada vez está más claro que tendemos hacia un modelo de <em>relación electrónica</em> con la Administración. Las novedades para este año son abundantes, sobre todo en lo que a la Agencia Tributaria se refiere, e imagino que con el tiempo irán desapareciendo cada vez más trámites presenciales. En lo que a este se refiere, <strong>los pasos que debemos seguir</strong> para solicitar (y obtener) la devolución son los siguientes.</p>

	<p><!--more--></p>

<ul>
<li><strong>Inscripción en el registro:</strong> durante este mes, las empresas debemos registrarnos en el Registro de Devolución Mensual de <span class="caps">IVA</span>, de forma telemática exclusivamente. Para hacerlo utiliaremos el modelo 036 de la Agencia Tributaria, debiendo permanecer inscrito durante al menos un año.</li>
<li><strong>Presentación mensual de modelos:</strong> durante los 20 primeros días de cada mes y a partir de febrero de este año, debemos presentar en primer lugar el modelo 303 y a continuación la declaración informativa de facturas emitidas y recibidas (modelo 340).</li>
<li><strong>Obtener una dirección electrónica única:</strong> ya os hemos hablado de ella por aquí, y aunque no queda clara su obligatoriedad, parece que efectivamente será necesario disponer de una para poder solicitar la devolución mensual.
</li></ul>

	<p>Visto esto, el carácter <em>voluntario</em> que parecía tener la Dirección Electrónica Unica no es tal, al menos si finalmente se aclara la obligatoriedad de disponer de una para realizar éste u otros trámites futuros. Es una buena medida en cualquier caso. Me parece <strong>mucho más rápido y efectivo trabajar de esta forma</strong>, además del ahorro económico que supone para las Administraciones Públicas abandonar el uso del correo tradicional. Al fin y al cabo somos nosotros los que pagamos todo.</p>

	<p>Vía | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/2008/12/30-tramites-para-solicitar-la-devolucion-mensual-del-iva">Pymes y Autónomos</a><br />
Más información | <a href="http://www.aeat.es">AEAT</a><br />
En Tecnología Pyme | <a href="http://www.tecnologiapyme.com/2008/12/19-direccion-electronica-unica-para-nuestra-empresa">Dirección Electrónica Unica para nuestra empresa</a></p>      ]]></description>
      </item>
                    <item>
      <title><![CDATA[Dirección Electrónica Unica para nuestra empresa]]></title>
      <link>http://www.tecnologiapyme.com/administracion-electronica/direccion-electronica-unica-para-nuestra-empresa</link>
      <guid>http://www.tecnologiapyme.com/administracion-electronica/direccion-electronica-unica-para-nuestra-empresa</guid>
      <pubDate>Fri, 19 Dec 2008 08:00:58 +0000</pubDate>

      <author>José M. Cestero</author>
      <description><![CDATA[
      <p><img src="http://img.tecnologiapyme.com/2008/12/deu.jpg" class="centro_sinmarco" alt="deu" /></p>

	<p>Hemos revisado en el blog una gran cantidad de herramientas y servicios que las distintas Administraciones Públicas ya han puesto a disposición de las empresas. Poco a poco, más y más trámites y procedimientos caen del lado digital, dejando claro que no hay vuelta atrás en este tema (lo contrarío sería absurdo). Con tantos servicios disponibles se hace necesario establecer una sistema claro de comunicación entre empresas y Administraciones Públicas, y eso es precisamente lo que se prentende con <strong>la Dirección Electrónica Unica (<span class="caps">DEU</span>)</strong>.</p>

	<p>El Ministerio de Administraciones Públicas, en colaboración con Correos, es el que pone a disposición de las empresas acogerse a esta posibilidad, una alternativa para recibir por vía telemática las notificaciones que ahora recibimos en papel. Hacerlo es (al menos de momento), <strong>voluntario y gratuito</strong>.</p>

	<p>Todas las empresas y profesionales podemos vincular una dirección de correo electrónico a través de la cual <strong>recibiremos todas las comunicaciones e información</strong> que necesite remitirnos cualquier organismo aunque, por ahora, la única que parece estar utilizando a fondo este sistema es la Agencia Tributaria, como no podía ser de otra forma. Para poder utilizar una dirección para nuestra empresa debemos seguir los siguentes pasos:</p>

	<p><!--more--></p>

<ul>
<li><strong>Alta de la dirección electrónica:</strong> accediendo al portal 060, recurso del que ya os hemos hablado por aquí, podemos comenzar con el proceso de registro de nuestra dirección. Es necesario hacerlo mediante un navegador compatible (Mozilla, Netscape, Internet Explorer) y disponer de un certificado digital emitido por cualquiera de las Autoridades de Certificación admitidas (facilitan una lista con enlaces).</li>
<li><strong>Suscripción a procedimientos:</strong> una vez creada la dirección, debemos proceder a suscribirnos a los procedimientos habilitados para funcionar de esta manera. Ya os comentaba que la mayoría corresponden a la Agencia Tributaria, pero podemos encontrar también a la Agencia de Protección de Datos, la Dirección General de Tráfico (<a href="http://www.pymesyautonomos.com/2008/12/14-nuevo-procedimiento-sancionador-de-trafico-y-los-vehiculos-de-las-empresas">que quiere remitirnos las multas por esta vía</a>), algún que otro ministerio y diversas entidades locales y autonómicas.</li>
<li><strong>Consulta de notificaciones:</strong> una vez suscritos a aquello que nos interese recibiremos en nuestro correo electrónico los avisos de notificación, que podremos pasar a revisar utilizando de nuevo el certificado digital en el buzón asociado a nuestra dirección.</li></ul>

	<p>Estas suscripciones son reversibles, es decir, <strong>podemos darnos de baja en el momento que consideremos oportuno</strong> y volver a utilizar el método anterior. En definitiva, creo que la Dirección Electrónica Unica es un paso lógico dentro de la digitalización de las relaciones con la Administración. Del mismo modo que nuestra empresa tiene una dirección física asociada, lo coherente es tener una electrónica para encauzar a través de ella todo este flujo de información. Conforme más instituciones vayan trasladando sus comunicaciones a través de esta vía, más utilidad tendrá para nosotros como empresas.</p>

	<p>Foto |<a href="http://www.sxc.hu/photo/1102040"> ilco</a><br />

Vía | <a href="http://www.pymesyautonomos.com/2008/12/12-la-direccion-electronica-unica">Pymes y Autónomos</a><br />

Más información | <a href="http://notificaciones.administracion.es/PortalCiudadano/Paginas/Comunes/Inicio.aspx">Portal del Ciudadano</a><br />

En Tecnología Pyme | <a href="http://www.tecnologiapyme.com/2008/12/13-060es-acceso-a-servicios-electronicos-publicos">060.es, acceso a servicios electrónicos públicos</a></p>      ]]></description>
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